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martes, 23 de agosto de 2011

La lucha contra el exceso de luz salta a los espacios naturales

Andalucía protege los parques y sus dos observatorios astronómicos de referencia


Cerca del 30% de la superficie de la comunidad andaluza tendrá la máxima protección contra la contaminación lumínica. La Consejería de Medio Ambiente ya ha elaborado su propuesta para declarar como "áreas oscuras" todos los espacios con algún nivel de protección medioambiental que hay en la región. Esta declaración como zonas E1 supone importantes restricciones para el uso y la instalación del alumbrado.

    Se prohíbe la instalación o uso de rótulos luminosos
    El alumbrado deberá apagarse durante el horario nocturno


    En total, 2.693.278 hectáreas tendrán el máximo nivel de protección. Se trata de la superficie que ocupan todos los espacios naturales de la comunidad y del área de influencia de los dos observatorios de referencia de Andalucía, el de Sierra Nevada (Granada) y el de Calar Alto (Almería).

    La Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano abrió el plazo de información pública para su declaración el pasado 22 de julio. Los interesados ahora deben presentar sus alegaciones. La previsión que maneja esta dirección general, según informó ayer la consejería, es que en septiembre esté ya rematado el proceso administrativo y se pueda aprobar el mapa andaluz de zonas oscuras.
    En las nuevas áreas E1 estará prohibida "la instalación o uso de rótulos luminosos". Además, en estas zonas oscuras "el alumbrado exterior que no sea necesario por motivos de seguridad se mantendrá apagado durante el horario nocturno". Es decir, los Ayuntamientos deberán desconectar la iluminación entre las 24.00 y las 6.00 en invierno y entre la 1.00 y las 6.00 en verano, según se recoge en el reciente Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno de Andalucía.

    En esta norma, que se aprobó hace un año, se contempla que, una vez "oídos a los Ayuntamiento afectados", la Junta de Andalucía fijará las zonas de máxima protección tomando como referencia las áreas que tengan algún tipo de especial protección autonómica, estatal o comunitaria. El objetivo es evitar el efecto "perturbador de la luz artificial" para los "hábitats y especies con gran valor ecológico".

    Uno de los colectivos que primero reclamó limitar la luz que se emite a la atmósfera fue el de los astrónomos. De hecho, la primera norma que abordó este asunto fue la Ley del Cielo de Canarias, que la aprobó el Congreso de los Diputados en 1988 para blindar el entorno del Observatorio del Roque de los Muchachos, ubicado en la isla de la Palma y uno de los referentes internacionales de la investigación astronómica.

    La nueva legislación andaluza también trata este asunto. En la resolución sometida ahora a información pública se establecen dos "puntos de referencia" en la comunidad: los observatorios de Calar Alto y Sierra Nevada. Y, alrededor de las dos estaciones, se fijan áreas de influencia para que la luz artificial no impida la actividad científica.

    En el caso de las instalaciones de Sierra Nevada, alrededor del observatorio se crea una zona de restricciones con un diámetro de 30 kilómetros de longitud. En el de Calar Alto, la zona de protección es más irregular debido a la orografía. En la franja que va de Norte a Sur, se fija como área de influencia el territorio que abarca entre Baza (Granada) y Almería capital, ubicadas a unos 80 kilómetros de distancia. En el caso de la franja Este-Oeste, la superficie es menor debido a que las montañas provocan un efecto pantalla, según David Galadí, astrónomo del observatorio de Calar Alto.

    Dentro de estas áreas también se establecen limitaciones de horarios y se restringe el color de la luz. Según señala Galadí, se limita el uso de la luz blanca, que perjudica más que la anaranjada en las observaciones astronómicas ya que llega más lejos.

    Tras la aprobación definitiva de las áreas con más restricciones, la nueva normativa establece que se deben crear otros tres tipos de zonas: E2, E3 y E4. En este caso, los Ayuntamientos serán los que tengan la voz cantante. La Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) está trabajando también con la consejería para la elaboración de una ordenanza tipo en la que se recojan las novedades del reglamento aprobado hace un año. Sin embargo, entre el Gobierno regional y los alcaldes también han surgido roces. La FAMP ha recurrido ante la justicia parte de este reglamento al entender que la Junta invade competencias de los Ayuntamientos. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía será el que tenga que decidir este contencioso.
    Enlaces relacionados:
    http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/site/web/menuitem.df58559d1fc8254b25295c9e5510e1ca/?vgnextoid=7ef3074b71a2a110VgnVCM1000000624e50aRCRD
    http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-d357-2010.html

    

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